Manuel Recio Abad. Suite Información.– Cuando escribí «Los nietos putativos» pensé que el asunto daba para un artículo. Me equivoqué. La historia continúa y ha terminado llegando al Tribunal Supremo.
No voy a aburrir al lector con una discusión jurídica. Para eso están los juristas. A mí me preocupa algo mucho más sencillo: el censo electoral español.
Y con el censo no se juega.
La llamada «ley de nietos», incluida en la Ley de Memoria Democrática, abrió la posibilidad de adquirir la nacionalidad española a determinados descendientes de españoles. Nada tengo contra quien haya obtenido legítimamente nuestra nacionalidad. Si cumple la ley y es español, es español.
Pero ser español comporta derechos, y entre ellos está uno de los más importantes: votar.
Por eso tenemos derecho a preguntar qué está ocurriendo con el Censo Electoral de Residentes Ausentes, el famoso CERA.
El Tribunal Supremo acaba de adoptar una medida cautelar que suspende determinados efectos electorales de las altas vinculadas a esta vía de nacionalización, exceptuando los casos en los que se acredite la condición de descendiente de exiliados en los términos establecidos legalmente. No ha dictado todavía sentencia sobre el fondo y, por supuesto, no ha declarado que exista fraude.
Conviene decirlo.
Pero también conviene contar lo demás.
Hay datos que muy probablemente desconoce la inmensa mayoría de los españoles.
Madarcos, uno de los municipios más pequeños de Madrid, tenía, según los datos de agosto de la Oficina del Censo Electoral, 54 electores residentes en España y 58 inscritos en el CERA.
Más electores fuera que dentro.
Y no es una rareza única. Se han contabilizado 162 municipios españoles en los que los electores residentes en el extranjero igualan o superan a los residentes.
Otro ejemplo extraordinario es Valdeprado, en Soria: siete electores residentes y 38 inscritos en el CERA. Conviene precisar que en este caso la desproporción viene de años atrás y no puede achacarse sin más a la «ley de nietos». Pero el ejemplo sirve para comprender hasta qué punto puede llegar a pesar el censo exterior en determinados territorios.
Siete dentro. Treinta y ocho fuera.
Aclaremos también otra cosa para no confundir a nadie: los electores del CERA no votan en las elecciones municipales, por lo que no eligen al alcalde de esos pueblos. Sí pueden votar, conforme a la legislación electoral, en elecciones generales, autonómicas y europeas, entre otras.
Y entonces aparece una pregunta que muchos españoles probablemente jamás se habían planteado.
¿Dónde queda adscrito electoralmente un nuevo español que vive en Buenos Aires, La Habana, Caracas o Ciudad de México y que quizá nunca haya residido en España?
La norma establece criterios. Para quien nunca haya vivido aquí se atiende, entre otras circunstancias, al mayor arraigo propio o de sus ascendientes. Pero la propia Junta Electoral Central ha pedido que la determinación del municipio quede suficientemente motivada y que existan criterios precisos, objetivos y uniformes.
Es decir, la pregunta no parece tan disparatada.
¿Quién comprueba ese arraigo? ¿Con qué documentación? ¿Por qué un municipio y no otro? ¿Quién verifica que los mismos criterios se aplican en todos los consulados?
Y después viene el voto.
Los españoles inscritos en el CERA pueden votar desde el extranjero. Desde la reforma de 2022 ya no tienen que «rogar» previamente el voto: la documentación electoral se remite de oficio y el elector puede votar por correo o depositar personalmente su voto en los centros habilitados.
Nada que objetar si todo funciona como debe.
Pero cuando estamos hablando de un incremento extraordinario del censo exterior, las preguntas no deberían molestar a nadie.
¿Quién controla el procedimiento? ¿Cómo se custodian los votos? ¿Cómo llegan? ¿Cómo se incorporan al escrutinio? ¿Cuántos nuevos electores acabarán finalmente en el CERA y en qué circunscripciones?
Preguntar no es acusar.
No estoy afirmando que exista fraude electoral. No tengo pruebas para hacerlo y sería irresponsable afirmarlo.
Pero tampoco nos chupamos el dedo.
El propio Tribunal Supremo ha hablado de un «incremento extraordinario» del número de electores y ha considerado que la situación merece una intervención cautelar mientras resuelve el fondo del asunto.
Pues resolvámoslo con luz y taquígrafos.
Que se publiquen las cifras. Que se expliquen los criterios. Que sepamos cuántos son, dónde están inscritos, por qué están adscritos allí y qué controles existen sobre todo el procedimiento.
Quizá todo esté perfectamente hecho.
Ojalá.
Entonces explicarlo no debería constituir ningún problema.
En mi anterior artículo hablaba de los nietos putativos.
Los nietos han crecido.
Muchos ya son españoles. Muchos tienen derecho de sufragio. Y muchos podrán ejercerlo desde miles de kilómetros de España.
Bienvenidos sean todos aquellos que hayan adquirido legítimamente nuestra nacionalidad.
Pero el censo electoral es de todos.
Y con las urnas, señores, no nos chupamos el dedo.



