Redacción Suite,. El Tribunal Supremo mantiene la suspensión cautelar del derecho al voto para determinados ciudadanos que adquirieron la nacionalidad española a través de la conocida como ley de nietos. La decisión, adoptada este lunes, 12 de octubre, supone un nuevo revés para el Gobierno, que había solicitado levantar la medida antes de las elecciones generales del próximo 29 de noviembre.
El Alto Tribunal ha desestimado el recurso presentado por la Abogacía del Estado contra la suspensión acordada el pasado 10 de septiembre, a petición de Vox e Iustitia Europea. La resolución considera que persiste el riesgo de que el censo electoral no reúna las garantías de exactitud, veracidad, igualdad, objetividad y transparencia exigibles en un proceso democrático.
La controversia se centra en los ciudadanos inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) cuya nacionalidad o inscripción no haya podido verificarse adecuadamente. La resolución sostiene que el derecho de sufragio, aunque fundamental, no tiene carácter absoluto y debe compatibilizarse con la necesidad de garantizar la regularidad del proceso electoral.
La decisión no supone una prohibición indiscriminada para todos los nacionalizados mediante la Ley de Memoria Democrática. El Supremo contempla que puedan votar quienes acrediten debidamente, mediante certificación consular, que adquirieron la nacionalidad como descendientes de exiliados por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual, en los términos previstos por la ley.
Los afectados por la suspensión podrán personarse en el procedimiento judicial y dispondrán de cinco días para formular alegaciones sobre las medidas cautelares. El plazo resulta especialmente relevante porque la consulta del censo electoral para estos comicios permanece abierta hasta el próximo 19 de octubre, periodo durante el cual también pueden presentarse reclamaciones por posibles errores u omisiones.
Según los datos aportados por la Abogacía del Estado, 369.017 ciudadanos nacionalizados mediante esta vía figuran inscritos en el censo electoral del exterior. De ellos, el Gobierno sostiene que solo 14.120 serían potenciales votantes afectados por la controversia. El Ejecutivo considera que su participación no tendría una incidencia significativa en el resultado electoral, mientras que los promotores de la suspensión han cuestionado la regularidad de determinadas inscripciones.
La ley de nietos, incluida en la Ley de Memoria Democrática, ha permitido que cientos de miles de descendientes de españoles exiliados y otros colectivos contemplados en la norma obtengan la nacionalidad española. Su aplicación ha abierto un debate político y jurídico sobre los procedimientos de inscripción, la comprobación documental y el alcance de los derechos electorales de los nuevos ciudadanos.
La decisión judicial ha intensificado también el enfrentamiento entre el Gobierno y la oposición. El Partido Popular ha cuestionado la fórmula utilizada para las nacionalizaciones, llegando a hablar de «ingeniería electoral» y «fabricación de votantes», mientras que el Ejecutivo rechaza esas acusaciones y defiende el derecho de los nuevos españoles a participar en las elecciones.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, reclamó el domingo que se frenara lo que calificó como un «intento de atropello» al derecho al voto. Sánchez recordó que estos ciudadanos ya habían participado en anteriores convocatorias electorales y cuestionó las consecuencias de impedirles votar en los próximos comicios.
Por su parte, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha anunciado que el Gobierno estudiará, a través de la Abogacía del Estado, si la resolución tiene carácter definitivo y si cabe recurrirla ante el Tribunal Constitucional.
Con las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre, el conflicto entra ahora en una fase decisiva. Las alegaciones de los afectados, las posibles actuaciones posteriores del Gobierno y la evolución del procedimiento judicial determinarán el alcance definitivo de las restricciones.
Fuente: RTVE.es.


