Álvaro Filgueira. Suite Información.– Hay decisiones que obligan a una sociedad democrática a hacerse preguntas incómodas.
La concesión del tercer grado a un histórico dirigente de ETA como Henri Parot vuelve a poner sobre la mesa una cuestión que España lleva décadas intentando resolver: ¿hasta dónde puede llegar la reinserción de quienes fueron condenados por terrorismo sin que las víctimas sientan que la justicia pierde su sentido?
Conviene empezar por lo esencial. Un tercer grado no es un indulto ni una amnistía. Es una modalidad de cumplimiento de la pena prevista en la legislación penitenciaria.
Pero tampoco basta con decir que una decisión es legal para cerrar el debate. En una democracia, las decisiones de los poderes públicos pueden y deben ser examinadas por los ciudadanos.
Y cuando hablamos de terrorismo, todavía más.
La Constitución es el límite, no un obstáculo
La Constitución española establece que las penas privativas de libertad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social.
Ese principio debe respetarse.
También debe respetarse el resto del ordenamiento jurídico, la igualdad ante la ley y los derechos de las víctimas.
Por eso, el debate serio no consiste en elegir entre “reinserción” o “venganza”. La cuestión es saber si cada decisión penitenciaria responde realmente a los criterios establecidos por la ley y se adopta con independencia de cualquier interés político.
Porque una cosa es la reinserción.
Y otra muy diferente sería utilizar la política penitenciaria como moneda de cambio.
La transferencia de las prisiones vascas: el dato que no podemos ignorar
Aquí aparece un elemento fundamental para entender el debate actual.
El 29 de junio de 2021, el Gobierno de Pedro Sánchez aprobó el Real Decreto 474/2021 por el que se traspasaron al País Vasco las funciones y servicios del Estado sobre la ejecución de la legislación penitenciaria. El traspaso se hizo efectivo el 1 de octubre de aquel año.
Y no hablamos de una cuestión menor.
Desde entonces, el Gobierno vasco gestiona las prisiones situadas en Euskadi y asume competencias sobre cuestiones como la clasificación, destino, permisos, régimen abierto, libertad condicional y programas de tratamiento de los internos. La legislación penitenciaria, sin embargo, continúa siendo competencia del Estado.
Aquí debemos ser rigurosos.
La transferencia no fue una competencia inventada por Pedro Sánchez ni, por sí misma, es inconstitucional. El Estatuto de Gernika ya atribuía al País Vasco la ejecución de la legislación penitenciaria y la propia normativa estatal contemplaba la posibilidad de transferirla.
Pero que una decisión sea jurídicamente posible no significa que no pueda tener una dimensión política.
Y ahí aparece la pregunta que merece respuesta.
¿Competencia estatutaria o concesión política?
Pedro Sánchez llegó a La Moncloa necesitando apoyos parlamentarios. En diciembre de 2019, el PSOE y el PNV suscribieron un acuerdo de investidura que incluía el compromiso de avanzar en las transferencias pendientes al País Vasco.
La transferencia penitenciaria llegó en 2021.
Por tanto, sería intelectualmente deshonesto afirmar que tenemos una prueba de que Sánchez entregó las prisiones a cambio de favorecer a presos de ETA.
No tenemos esa prueba.
Pero tampoco sería razonable negar que las transferencias territoriales forman parte de la negociación política entre gobiernos y partidos.
De hecho, la experiencia posterior demuestra que las transferencias han seguido siendo un instrumento importante en la relación entre Madrid y Euskadi. La política española lleva décadas avanzando mediante acuerdos entre gobiernos centrales y fuerzas nacionalistas.
La pregunta, por tanto, no debe ser:
”¿Sánchez entregó las cárceles a Bildu?”
La pregunta correcta es:
”¿Hasta qué punto las decisiones sobre competencias penitenciarias formaron parte de la estrategia política del Gobierno de Sánchez para asegurar y consolidar sus alianzas parlamentarias y territoriales?”
Es una pregunta legítima.
Y merece una respuesta documentada.
El problema no es quién gestiona una prisión
El problema no es que una comunidad autónoma gestione sus centros penitenciarios.
El problema aparece cuando esa gestión puede percibirse como políticamente condicionada.
Desde 2021, el Gobierno vasco ha asumido una responsabilidad decisiva en la evolución penitenciaria de los presos de ETA.
Y el debate sobre los terceros grados ha aumentado precisamente desde entonces.
El propio debate político vasco refleja esta controversia. El Gobierno vasco defiende que las decisiones son individuales y están sometidas a requisitos legales, mientras asociaciones de víctimas han cuestionado determinados beneficios y han reclamado mayores garantías de arrepentimiento, reconocimiento del daño y colaboración con la justicia.
Es aquí donde la transparencia resulta imprescindible.
¿Y qué ocurre con Bildu?
EH Bildu no es quien formalmente gestiona las prisiones vascas.
Esta precisión también es importante.
La transferencia fue realizada al Gobierno Vasco y, por tanto, al ámbito institucional de Euskadi.
Pero EH Bildu forma parte del escenario político vasco y, al mismo tiempo, se ha convertido en un actor parlamentario relevante para la estabilidad del Gobierno de Pedro Sánchez.
Eso permite plantear una cuestión política, pero no establecer una relación causal sin pruebas.
Porque una cosa es que exista una coincidencia de intereses.
Y otra es demostrar un intercambio.
En democracia, la sospecha no puede convertirse en sentencia.
Pero tampoco puede utilizarse la ausencia de una sentencia para impedir que los ciudadanos hagan preguntas.
El precedente del IRA demuestra que las democracias también negocian
Aquí es donde el caso británico resulta especialmente interesante.
Cuando el Reino Unido alcanzó el Acuerdo de Viernes Santo en 1998, se estableció un programa de liberación anticipada de presos vinculados a las organizaciones paramilitares del conflicto norirlandés.
Hubo centenares de liberaciones.
Fue una concesión extraordinaria.
Pero estaba integrada dentro de un proceso político mucho más amplio: el abandono de la violencia, el alto el fuego, el desarme y la construcción de una paz estable.
El Reino Unido no ocultó que la cuestión de los presos formaba parte del acuerdo.
Y eso permite extraer una conclusión importante.
Las democracias pueden hacer concesiones a quienes han utilizado el terrorismo.
Pero cuando las hacen, deben explicar por qué, bajo qué condiciones y qué objetivo persiguen.
España no tuvo un Viernes Santo
ETA dejó las armas.
Después desapareció como organización terrorista.
Pero España no firmó con ETA un acuerdo de paz equivalente al Acuerdo de Viernes Santo.
No hubo un tratado entre el Estado español y ETA mediante el cual el Gobierno aceptara determinadas concesiones a cambio de la desaparición de la organización.
Y esa diferencia importa.
Porque si las decisiones penitenciarias actuales se justifican exclusivamente por la legislación ordinaria, deben aplicarse los criterios penitenciarios ordinarios.
No deberían existir condiciones políticas añadidas.
La reinserción no puede significar olvido
Hay que decirlo claramente.
Un terrorista condenado también tiene derechos.
Eso no convierte en menos terrible el crimen cometido.
La reinserción no borra a las víctimas.
Tampoco transforma al asesino en víctima.
Y una sociedad democrática no puede pedir a las familias de quienes fueron asesinados que olviden porque ha llegado el momento de “normalizar” la convivencia.
La reinserción pertenece al futuro del condenado.
La memoria pertenece a todos.
Sánchez, Bildu y las preguntas que siguen abiertas
Pedro Sánchez tiene derecho a pactar con quien considere necesario dentro de la legalidad.
EH Bildu tiene derecho a participar en las instituciones democráticas si cumple las condiciones establecidas por la ley.
Y el Gobierno Vasco tiene derecho a ejercer las competencias que le fueron transferidas conforme al Estatuto y al ordenamiento jurídico.
Pero los ciudadanos también tenemos derecho a preguntar.
¿Hubo razones exclusivamente administrativas para transferir las prisiones en 2021?
¿Pesó también la necesidad de consolidar acuerdos políticos?
¿Se habló entonces de la política penitenciaria de los presos de ETA?
¿Se establecieron compromisos políticos que no conocemos?
¿Existe una estrategia común sobre la progresión penitenciaria de los presos de ETA?
¿Se está aplicando el mismo criterio a todos los condenados por terrorismo?
Son preguntas.
No acusaciones.
Y precisamente por eso deben poder responderse.
La democracia no consiste en olvidar
El Estado democrático tiene que ser suficientemente fuerte para cumplir la ley incluso cuando esa ley beneficia a quien la sociedad considera más indigno.
Eso es el Estado de derecho.
Pero también tiene que ser suficientemente transparente para que nadie pueda pensar que la ley se adapta a las necesidades de un Gobierno para conservar el poder.
El Reino Unido negoció con el IRA.
Colombia negoció con las FARC.
Otros países democráticos han utilizado la justicia transicional y las concesiones penitenciarias para poner fin a conflictos violentos.
Pero todos esos casos nos enseñan una lección:
cuando una democracia concede algo extraordinario, debe quedar claro qué concede, por qué lo concede y qué obtiene a cambio.
España no puede permitir que la memoria de las víctimas quede subordinada a ninguna aritmética parlamentaria.
Y tampoco puede permitir que una decisión jurídicamente legítima sea presentada como un favor político sin pruebas.
Por eso la exigencia debe ser doble:
máximo respeto a la Constitución y máxima transparencia a los poderes públicos.
Porque un país democrático no es libre porque libere terroristas.
No es libre porque los mantenga eternamente en prisión.
Es libre porque ningún Gobierno, ningún partido, ninguna organización terrorista y ningún interés parlamentario está por encima de la Constitución y de la ley.
Y por eso el principio debe ser sencillo:
Un país democrático es libre por su Constitución, no por liberar a terroristas



